martes, 31 de mayo de 2011

La nueva ley de Migración


El pasado 25 de mayo del 2011, se publicó en el Diario Oficial la nueva ley de Migración, que entró en vigor el 26 de mayo pasado, misma que fundamentalmente viene a sustituir a la actual Ley General de Población, que aunque no la abroga totalmente, si deroga casi la totalidad de su contenido. Esta nueva Ley de Migración busca responder a las necesidades de poner fin a los abusos de inmigrantes indocumentados que ocurren continuamente en nuestro país, donde hemos quedado muy mal parados a nivel internacional, por las constantes quejas de los organismos de derechos humanos al respecto.

Entre agosto del 2010 y abril del 2011 fueron cesados 200 funcionarios del Instituto Nacional de Migración por ser acusados de “entregar” indocumentados a la delincuencia organizada, para ser secuestrados y exigir rescates a sus familiares en el extranjero.

Para atacar este problema, la nueva Ley de Migración, incluye un delito especial, el “trafico de indocumentados” que lo comete aquel que con propósito de tráfico lleve a una o más personas a internarse en otro país sin la documentación correspondiente, con objeto de obtener directa o indirectamente un lucro;   introduzca, sin la documentación correspondiente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano, con objeto de obtener directa o indirectamente un lucro, o bien albergue o transporte por el territorio nacional, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro, a uno o varios extranjeros.

Este tipo penal nos recuerda también a los 40 funcionarios del Instituto Nacional de Migración que están siendo investigados desde el 17 de mayo del 2011, por lenocinio y trata de personas, al ser acusados de promover la prostitución de las mujeres indocumentadas que ingresan ilegalmente a nuestro país.

Sin embargo, por benéfico que nos parezca la regulación de este nuevo delito especial, podría dar lugar a cometer abusos contra las personas que se dedican a prestar ayuda humanitaria a los indocumentados, por lo que esta novedosa legislación los protege expresamente al señalar que no se impondrá pena a las personas de reconocida solvencia moral, que por razones estrictamente humanitarias y sin buscar beneficio alguno, presten ayuda a la persona que se ha internado en el país de manera irregular, aun cuando reciban donativos o recursos para la continuación de su labor humanitaria.

Destaca en la flamante nueva Ley de Migración, una modificación sustancial al sistema de calidades migratorias, pues ahora ya no se hablará más de formas migratorias para los extranjeros, sino ahora deberán solicitar y obtener una “VISA”, reduciendo las anteriores calidades migratorias de no inmigrante, inmigrante e inmigrado, las cuales desaparecen para pasar dar nacimiento a las “visas” de visitante, residente temporal y residente permanente, con las siguientes modalidades:

I. Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por un tiempo ininterrumpido no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada.

II. Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por un tiempo ininterrumpido no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada y realizar actividades remuneradas.

III. Visa de visitante para realizar trámites de adopción, que autoriza al extranjero vinculado con un proceso de adopción en los Estados Unidos Mexicanos, a presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer en el país hasta en tanto se dicte la resolución ejecutoriada y, en su caso, se inscriba en el Registro Civil la nueva acta del niño, niña o adolescente adoptado, así como se expida el pasaporte respectivo y todos los trámites necesarios para garantizar la salida del niño, niña o adolescente del país. La expedición de esta autorización, sólo procederá respecto de ciudadanos de países con los que los Estados Unidos Mexicanos hayan suscrito algún convenio en la materia.

IV. Visa de residencia temporal, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por un tiempo no mayor a cuatro años.

V. Visa de residente temporal estudiante, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por el tiempo que duren los cursos, estudios, proyectos de investigación o formación que acredite que se llevarán a cabo en instituciones educativas pertenecientes al sistema educativo nacional, y realizar actividades remuneradas conforme a lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 52 de esta Ley.

VI. Visa de residencia permanente, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer de manera indefinida.

Esto sin perjuicio de que la secretaría de Gobernación, por conducto del Instituto Nacional de Migración podrá autorizar el ingreso de extranjeros que soliciten el reconocimiento de la condición de refugiado, asilo político y determinación de apátrida, pero en la nueva legislación ya no se precisa si estas personas entran con visa de residencia temporal o permanente.

En fin, como dije al inicio, un total de 245 funcionarios del Instituto Nacional de Migración estan acusados de tener vínculos con la delincuencia organizada, por lo que cabe preguntarnos, Una nueva legislación en la materia dará un rumbo fresco al problema de los inmigrantes en México? es suficiente este esfuerzo?. En realidad necesitamos una nueva Ley, o lo que necesitamos es que el Gobierno vigile correctamente a las autoridades migratorias?



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