miércoles, 7 de noviembre de 2018

Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos

El lunes 5 de noviembre se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el Código Penal Federal".

Esta ley regula las remuneraciones que percibirán los servidores públicos de los poderes de la Unión y todos los demás entes públicos federales, incluidos aquéllos dotados de autonomía constitucional.

A partir de ahora ningún servidor público recibirá una remuneración mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que en el caso de AMLO será de $108,000 mensuales.

Habrá una serie de tabuladores mediante los cuales se establecerán los límites mínimos y máximos de percepciones ordinarias netas mensuales para los servidores públicos, las cuales incluyen la suma de la totalidad de pagos fijos, en efectivo y en especie.

Esos tabuladores y remuneraciones serán públicos, de manera que no podrán clasificarse como información “reservada” o “confidencial”. Además, los ejecutores del gasto público federal –y demás entes públicos federales– publicarán en sus respectivas páginas de Internet, de manera permanente, esas remuneraciones y sus tabuladores respectivos.

No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones de trabajo.

Con esto se pone fin a las pensiones para los expresidentes de la República.

Se adiciona un Capítulo V Bis al Código Penal Federal (CPF) con la denominación “Del Pago y recibo indebido de remuneraciones de los servidores públicos” el cual tipifica un nuevo delito denominado “remuneración ilícita”, cometido por el servidor público reciba, apruebe o refrende, una remuneración que no esté autorizada por la mencionada ley.