viernes, 16 de octubre de 2009

Que puede hacer un Corredor Público en materia de fe pública?


El Corredor, como FEDATARIO PUBLICO puede dar fe y legalidad a:

-Compraventas, permutas, prestamos, cesiones de crédito y demás operaciones de carácter mercantil.

-Créditos refaccionarios y de habilitación a avio, con garantías prendarías o hipotecarías, otorgados por instituciones Bancarias o Uniones de Crédito y en la constitución de fideicomisos.

-Emisión de obligaciones y certificados de participación con o sin garantías reales.

-Constitución de sociedades Mercantiles y en los casos de aumentos o disminuciones de capital social, modificaciones de estatutos sociales, funciones, transformaciones, escisiones, disoluciones, liquidaciones, protocolización de actas de asambleas de accionistas y de sesiones de consejo de administración.

-Afectación en garantía de bienes inmuebles para caucionar el cumplimiento de obligaciones a favor de instituciones de fianzas;

-Notificaciones, ratificaciones, interpelaciones, requerimientos, protestos de documentos mercantiles y demás certificaciones de hechos en general.

-Fedación de toda clase de cuestiones Agrarias, desde la formalización de una asamblea ejidal hasta la constitución de sociedades de naturaleza agraria, como por ejemplo, la Sociedad de Producción Rural.

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